Ley antitabaco y madrid.

Maestre_de_Campo

La presidenta de la Comunidad, Esperanza Aguirre, decidió dejar la ley antitabaco en suspenso en alguno de sus puntos, y como consecuencia la administración general decidió llevar a juicio la cuestión. Ya tenemos sentencia, sentencia que me da que no será firme porque, comotodas, da la razón a una sola de las partes.

La cuestión en sí, una disputa entre una organización territorial y la nacional, no es nueva, pero sí nos sirve para ver los valores que defienden unos y otros y de qué manera resuelve el tribunal. Dice el abogado del Estado:

la falta de adopción de la medida cautelar haría perder al recurso su finalidad legítima afectando a la situación jurídica de numerosos terceros interesados y provocando un perjuicio irreparable consistente en la distorsión del sistema sanitario general de implantación en todo el Estado, al aplicarse en la Comunidad de Madrid una normativa divergente en muchos aspectos de la básica estatal.

Al parecer la administración considera un valor en sí mismo la finalidad de la norma y su implantación uniforme en todo el territorio nacional.  Parece obvio que ambos son valores importantes, pero no cabe suponer que la uniformidad y la interpretación conforme a la finalidad del legislador sean valores qeu se sitúen al mismo nivel por cuanto en la propia demanda se colocan el uno en sucesión del otro. Así insiste la abogacía nacional:

(…)en los litigios relativos a la divergencia entre normas estatales y autonómicas, ambas partes representan intereses generales, y en dicho juego deberá darse preponderancia a los estatales cuando las normas de este carácter puedan verse afectadas,

  A priori parece que la preponderancia de la norma nacional sobre la regional redunda en dos bienes jurídicos importantes, de un lado la seguridad jurídica que en este caso asegura igual respueta jurídica al mismo acto independientemente del territorio y, unidad legal que incide en esa seguridad jurídica. No confundir unidad con uniformidad, pues la unidad implica que las leyes de un territorio se articulan con un mismo eje y respetando los mismos principios.

Los abogados del Estado solicitan, por tanto, la suspensión cautelar de la disposición de la comunidad autónoma contra la disposición legal nacional a la uqe deja en suspenso en algunos puntos.

Pero la sala del supremo aduce, con gran picardía y evitando tratar directamente el fondo del asunto lo siguiente:

(..)no cabe desconocer que los perjuicios que así se aducen enlazan con la cuestión de fondo a discutir en el recurso contencioso-administrativo del que esta pieza separada dimana. A lo que ha de añadirse que nos encontramos ante un supuesto de dualidad de normativas, la estatal y la autonómica, por lo que ha de tenerse en cuenta que, sin perjuicio de aquellos supuestos en los que efectivamente dicha dualidad pueda generar perjuicios de tal alcance que haya de darse lugar a la adopción de la medida cautelar, sin embargo, la existencia de dos normativas en procesos como el que nos ocupa no puede convertirse, per se, en motivo determinante de la suspensión, ya que si dicha argumentación se aceptara siempre que existiera un conflicto de esta naturaleza –entre normas estatales y autonómicas- la suspensión sería necesaria.

Podemos ver que la administración regional no ha conseguido un dictamen favorable a su posición que consagre su argumentación jurídica, sino más bien el tribunal rechaza los argumentos del Estado por considerar que, de extenderse, no existiría autonomía legislativa. La sentencia prosigue afirmando que el decreto no incumple, al negar puntualmente las disposiciones de la ley, ninún precepto ni se sitúa contra el art. 43 de la CE. Pues afirman que “esta Sección no aprecia que la vigencia de la disposición impugnada durante la limitada duración del proceso pueda dar lugar a situaciones irreversibles” de manera que el decreto de la comunidad no vulnera, según decisión prima facie, ni la legislación nacional ni los preceptos de salud constitucionales en qeu se inspira. Habrá que esperar al segundo round para ver, con más detenimiento los resultados de las distintas posiciones.

29 de Diciembre de 2006   Leer más sobre Nacional.

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Comentarios

  1. Valentin - 29 de Diciembre de 2006 | 13:19

    Un poco farragoso todo para mi que no soy abogado, pero si que tengo una cosa clara: el estado debe dar libertad y permitir a todo el mundoque se equivoque. Esa es la maravilla de la libertad, que puedes aprender. En Cuba,en las dictaduras en general, el estado protege a sus ciudadanos para que no se equivoquen, y el resultado es espantoso.
    No digo que fumar sea bueno, ni malo. Pero que se puede fumar sin molestar a nadie es algo que Aguirre ha visto muy claro y ha hecho muy bien en desmarcarse de la medida prohibicionista del socialismo, que es lo que suele hacer todo socialismo: prohibir y quitar libertades.

  2. Maestre_de_Campo - 29 de Diciembre de 2006 | 15:47

    Esperanza se opone a determinados aspectos de una ley con la cual me cuesta estar en desacuerdo. Digamos que la prohibición de causar daño a terceros no es propia del socialismo, sino del sentido común.

    Un saludo y disculpe por el estilo. A ver si la próxima vez lo hago un poco más ameno.

  3. Abogado Costa Rica lawyer - 23 de Marzo de 2007 | 15:32
  4. Paco - 19 de Enero de 2008 | 18:57

    Lo que me parece increíble de este gobierno socialista es que las personas que tenemos problemas respiratorios tengamos, si es que queremos conservar nuestra salud, nuestra libertad deambulatoria limitada. Con la ley antitabaco lo único que se ha conseguido es que casi la totalidad de los locales se hayan habilitado para los fumadores, de manera que los nos fumadores si queremos acceder a ellos tenemos que arriesgar nuestra salud contra nuestra voluntad. Sin embargo si sucediera como en otros países que también al reclamo de la UE, han producido leyes antitabaco, como Italia e Irlanda, dónde esta prohibido fumar en todos los locales, los fumadores podrían seguir fumando en la calle o en su hogar sin tener porque perjudicar otra salud que no sea la propia.

  5. Maestre_de_Campo - 20 de Enero de 2008 | 12:09

    Paco ha sido claro y conciso. En realidad pretender que hay un derecho a “fumar” es como pretender que hay un derecho a liberar gas mostaza. En realidad no existe tal derecho, porque eso sería tanto como afirmar que la libertad de los fumadores es infinita y que los no fumadores tienen que sufrir los daños si posibilidad de protestar.

    Defender esa misma opinión en otras conductas que causan daño a terceros sería considerado síntoma de inestabilidad mental. Un violador no tiene derecho a violar, ni un asesino a matar impunemente; ni un fumador a liberar un cancerígeno en los pulmones de otra persona sin su consentimiento explícito.

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