Neolengua en el Constitucional
Maestre_de_Campo
Leyendo la sentencia en la que el Constitucional da por terminada la vigencia de la Constitución de 1978 me he encontrado con un magnÃfico ejemplo de neolengua, la lengua que el estado totalitario trata de imponer en la obra de Orwell, 1984.
Como el término “géneroâ€? que titula la Ley y que se utiliza en su articulado pretende comunicar, no se trata una discriminación por razón de sexo. No es el sexo en sà de los sujetos activo y pasivo lo que el legislador toma en consideración con efectos agravatorios, sino –una vez más importa resaltarlo – el carácter especialmente lesivo de ciertos hechos a partir del ámbito relacional en el que se producen y del significado objetivo que adquieren como manifestación de una grave y arraigada desigualdad. La sanción no se impone por razón del sexo del sujeto activo ni de la vÃctima ni por razones vinculadas a su propia biologÃa. Se trata de la sanción mayor de hechos más graves, que el legislador considera razonablemente que lo son por constituir una manifestación especÃficamente lesiva de violencia y de desigualdad.
Traducido al román paladino, que cuando el legislador usa “género” como sustituto de “sexo” no se refiere a ese “género”, sino a otro diferente que es al que hace referencia el tribunal y que, además, no tiene nada que ver con el que prevee el legislador ni, mucho menos, con el sexo de las vÃctimas de la ley.
23 de Mayo de 2008
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